¿Te han detenido por conducir bajo la influencia de sustancias estupefacientes? Aquí encontrarás lo que debes saber si te han detenido por conducir tras consumir drogas.
1. El delito de conducción bajo la influencia de las drogas
2. Los test de detección de drogas
2.1 El test de saliva
2.2 El test evidencial
2.3 La valoración de la perdida de facultades
2. 4 El test de contraste
2.5 Los resultados del análisis
2.6 ¿Qué pasa si te niegas a someterte a un test de drogas?
3. ¿Cuál es la pena por conducir bajo la influencia de las drogas
4. ¿Qué puede hacer tu abogado en caso de detención por un delito de conducción bajo la influencia de la droga?
1. El delito de conducción bajo la influencia de las drogas
La conducción bajo los efectos de las drogas puede tener consecuencias graves para el infractor, por lo que representa un gran problema.
En este caso, se te imputará un delito de conducción bajo la influencia de drogas tóxicas, estupefacientes y sustancias psicotrópicas.
2. Los test de detección de drogas
Debes tener en cuenta que negarte a la realización del test de alcoholemia o antidrogas, puede constituir otro delito de desobediencia a la autoridad.
Estas pruebas detectan el consumo de diferentes tipos de drogas tales como, el cannabis, la cocaína, las anfetaminas y sus derivados, y los opiáceos o el LSD.
Desde hace más de 10 años las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad españoles, pueden someter a los conductores a un test de drogas si creen que el conductor se encuentra bajo los efectos de alguna droga, viendo que tiene sus facultades mermadas por el consumo de estas.
2.1 Test de saliva
Debes saber que lo primero que tiene que hacer la Policía, es explicarte que tipo de test se te va a realizar (en este caso de saliva para la detección de drogas) y tu obligación de realizarlo. Así como, tu derecho a un contraanálisis de sangre en caso de dar positivo en el test de saliva.
Este test es provisional, es decir, no figura la cantidad de droga consumida, pero si puede detectar si se ha consumido alguna. Tampoco se podrá afirmar si esta droga tenía efectos en tu conducción o mermadas tus facultades.
2.2 El test evidencial
Si el primer test es positivo, se tomará una segunda muestra que se enviará al laboratorio para su posterior análisis. Mediante esta prueba se analizará el tipo de sustancia consumida y la cantidad.
2.3 La valoración de la pérdida de facultades
Esta valoración es subjetiva por parte de los agentes de la autoridad. Pero si se pueden dar unas pautas fijas acerca de que indicadores son los que hacen decantar la balanza hacia un lado u otro.
Se observan los síntomas externos tales como, la sudoración o los nervios reflejados en el tono de voz o el pulso. Estos síntomas no tienen por qué ser debido al consumo de alguna droga, como se ha dicho es un análisis subjetivo y rebatible, pudiendo ser causados por otras circunstancias.
Si has dado positivo por drogas, pero no hay ningún signo externo de que las hayas consumido, el agente debería dejarte marchar con tan sólo una multa. Por el contrario, si el agente considera que tus capacidades están mermadas por el consumo de drogas inmovilizará el coche y procederá a la detención
2.4 El test de contraste
Cabe la posibilidad de solicitar un test de contraste. Esta prueba esta dirigida a demostrar que no has consumido drogas, pero si sale positiva deberás hacerte cargo del coste.
Se realizará en un centro médico cualificado, donde se tomará muestra de sangre que se enviará al laboratorio. Tras ello, los resultados de la muestra de saliva y sangre se enviarán al Juzgado de guardia.
2.5 Los resultados del análisis
Según la cantidad de droga detectada se procederá a la imposición de una multa de 1.000 € y retirada de seis puntos del carnet (si es una cantidad pequeña), o a la imposición de un delito contra la seguridad vial (si se detecta un gran consumo).
Estas pruebas detectan el consumo de diferentes tipos de drogas tales como, el cannabis, la cocaína, las anfetaminas y sus derivados, y los opiáceos o el LSD.
2.6 ¿Qué pasa si te niegas a someterte a un test de drogas?
En el caso de negarte a la realización del test, la Policía te volverá a insistir hasta tres veces. En caso de persistir en la negativa, el agente escribirá un acta de negativa a la prueba argumentando porque considera que el conductor se niega.
El delito de desobediencia está penado con seis meses de prisión y retirada del carnet de conducir por el periodo de un año.
Si te niegas a que te tomen una muestra de saliva, la Policía o Guardia Civil te van a volver a pedir que te sometas al test, así hasta una tercera vez.
Por ello, lo más adecuado es realizar el test de drogas y después intentar rebatir durante el juicio la afección de ese consumo en la conducción.
Realizar actos dirigidos al impedir la realización del test se considerará como la negativa al mismo.
3. ¿Cuál es la pena por conducir bajo la influencia de las drogas?
La diferencia principal radica en la tramitación del procedimiento. La pena será diferente según se inicie un procedimiento penal o administrativo
Si se incoa un procedimiento en vía administrativa la pena consistirá en una multa de mil euros y la retirada de seis puntos del carnet de conducir.
Si se trata de sustancias estupefacientes como la cocaína y esto afecta a tu conducción, la denuncia se tramitará por la vía penal. En este caso te pueden imponer una pena de prisión de entre 3 y 6 meses, que el juez puede sustituir por una multa de entre 6 a 12 meses. Además, tendrás que realizar entre uno y tres meses de trabajos en beneficio de la comunidad y se te retirará el carnet de conducir al menos durante un año.
4. ¿Qué puede hacer tu abogado en caso de detención por un delito de conducción bajo la influencia de la droga?
En primer lugar, es importante señalar que la ley no fija una tasa máxima o mínima para el consumo de drogas (exceptuando el alcohol).
Para la imputación de este delito, los agentes de la autoridad se basan en criterios subjetivos como se ha mencionado anteriormente. Por ello, la labor del abogado será desacreditar el criterio policial durante el juicio.
Un punto importante, es el análisis de la prueba la cantidad detectada y si esta afectaba o no realmente a la conducción, pudiendo demostrarse que se consumió días atrás.
Por todo ello, si no queda probado que la droga consumida tenía efectos apreciables sobre tu conducción, el juez puede decretar que se archive la denuncia.
